14.7.1. Objetivo.
El propósito de este subcapítulo es establecer una guía para que el IVA-A conozca los procedimientos a observar en la presentación del reporte de defectos y fallas ocurridas a las aeronaves (MIA Volumen III, Subcapítulo 3.1). |
14.7.2. Generalidades.
Todo concesionario, permisionario y operador aéreo nacional, así como los permisionarios y operadores aéreos extranjeros deben cumplir con lo prescrito en la NOM-060-SCT3-2011. Dichas organizaciones deben reportar a la Autoridad Aeronáutica las fallas o defectos ocurridos a las aeronaves con las que operen. |
14.7.3. Referencias, Formularios y Ayudas de Trabajo.
• Ley de Aviación Civil y su Reglamento.
• NOM-006-SCT3-2001.
• NOM-060-SCT3-2011.
• NOM-145/2-SCT3-2001.
• Forma DGAC-80 (Rev. A)
14.7.4. Procedimientos.
• Ley de Aviación Civil y su Reglamento.
• NOM-006-SCT3-2001.
• NOM-060-SCT3-2011.
• NOM-145/2-SCT3-2001.
• Forma DGAC-80 (Rev. A)
14.7.4. Procedimientos.
A partir de éste contenido, es la versión actualizada.
Procedimiento para la
Presentación del Reporte de Fallas y Defectos Ocurridos a las Aeronaves
MIA Volumen III – Subcapítulo 3.1
MIA Volumen III – Subcapítulo 3.1
Objetivo General:
Al finalizar el tema el participante conocerá los procedimientos a observar en la presentación del reporte de defectos y fallas ocurridas a las aeronaves, utilizando para ello la NOM-060-SCT3-2011.
Al finalizar el tema el participante conocerá los procedimientos a observar en la presentación del reporte de defectos y fallas ocurridas a las aeronaves, utilizando para ello la NOM-060-SCT3-2011.
Es importante que tú como IVA-A
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Contenido:
- Antecedentes
- procedimientos
- guías de apoyo
ANTECEDENTES
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NOM-060-SCT3-2011
1)Objetivo y campo de aplicación.
2)Referencias .
3)Definiciones y abreviaturas.
4)Disposiciones generales.
5)Sistema de identificación de defectos y fallas ocurridas a las aeronaves .
6)Grado de concordancia con normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración.
7)Bibliografía.
8)Observancia de esta Norma.
9)De la evaluación de la conformidad.
10)Vigencia.
2)Referencias .
3)Definiciones y abreviaturas.
4)Disposiciones generales.
5)Sistema de identificación de defectos y fallas ocurridas a las aeronaves .
6)Grado de concordancia con normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración.
7)Bibliografía.
8)Observancia de esta Norma.
9)De la evaluación de la conformidad.
10)Vigencia.
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Presentación del Reporte
El reporte
de
defectos y fallas que se genere, deberá
de presentarse dentro de un periodo no mayor de 10 días naturales
posteriores a la fecha en que ocurra la falla,
este reporte incluirá observaciones o diagramas descriptivos de la falla.
El concesionario, permisionario u operador aéreo que envíe a la Autoridad Aeronáutica el reporte de defectos y fallas, deberá informar, además, la acción correctiva que haya tomado conforme a las especificaciones de la entidad responsable del diseño de tipo.
El concesionario, permisionario u operador aéreo que envíe a la Autoridad Aeronáutica el reporte de defectos y fallas, deberá informar, además, la acción correctiva que haya tomado conforme a las especificaciones de la entidad responsable del diseño de tipo.
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Numeral 4.1
“Todos
los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos nacionales, así como los
permisionarios y operadores aéreos extranjeros, que operen de acuerdo a la Ley
de Aviación Civil y su reglamento, deben cumplir con lo prescrito en la
presente Norma Oficial Mexicana”
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Numeral 4.3
“...El
reporte...,
deberá presentarse
dentro de un periodo
no mayor de 10 días naturales
posteriores a la fecha en que ocurra la falla, este reporte incluirá
observaciones y/o diagramas descriptivos de la falla, y deberá ser presentado
a la Autoridad Aeronáutica mediante
el formulario DGAC-80
Rev. A...
Los concesionarios y permisionarios, podrán utilizar un formato distinto al
DGAc-80 Rev. A, siempre y cuando se cumpla con el objetivo... Y sea autorizado
en su MGM...”
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Numeral 5.4
Las
fallas que se deben considerar de acuerdo a los numerales 5.1. y 5.2. de la
presente norma, son aquellas significativas que no se contemplen dentro de los
límites y condiciones indicadas por la entidad responsable del diseño de tipo
de los sistemas y/o componentes de la aeronave, que surjan como consecuencia de
defectos de diseño, mal funcionamiento y otros sucesos que tengan o puedan
tener efectos adversos sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad, y
aquellas que se detecten durante la aplicación de los servicios de rutina y
atención de discrepancias reportadas por las tripulaciones de vuelo
“...A
manera de ejemplo..., se encuentran las
siguientes:
5.4.1. Defectos o fallas que dan origen a los sucesos:
(a)Despegue interrumpido o suspensión del vuelo por presencia y/u ocurrencia de laguna falla...
(b)Vuelo de traslado que limite las condiciones de aeronavegabilidad...
(c)Cambio de motor por falla mecánica...
5.4.2. Fuego durante el vuelo...”
5.4.1. Defectos o fallas que dan origen a los sucesos:
(a)Despegue interrumpido o suspensión del vuelo por presencia y/u ocurrencia de laguna falla...
(b)Vuelo de traslado que limite las condiciones de aeronavegabilidad...
(c)Cambio de motor por falla mecánica...
5.4.2. Fuego durante el vuelo...”
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Numeral 4.5 (¿? duda de la secuencia del numeral)
“...5.4.4.
Sistema de escape defectuoso...
...5.4.6 Paro de motor durante el vuelo...
...5.4.9. Perfilamiento de hélice en vuelo.
...5.4.11. Retracción o extensión no deseada del tren de aterrizaje...
...5.4.14. Daños, deformaciones permanentes o corrosión de estructura de aeronaves…”
...5.4.6 Paro de motor durante el vuelo...
...5.4.9. Perfilamiento de hélice en vuelo.
...5.4.11. Retracción o extensión no deseada del tren de aterrizaje...
...5.4.14. Daños, deformaciones permanentes o corrosión de estructura de aeronaves…”
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Numeral 5.6
“En
el sistema de identificación de defectos y fallas no se deben considerar
aquellas fallas de los sistemas y/o componentes producidas por factores
externos a los sistemas y/o componentes de la aeronave, que no afecten sus
condiciones de aeronavegabilidad, y que únicamente representen cambio de partes
y/o componentes. ”
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Procedimientos
Pre-requisitos
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Requisitos de
Coordinación
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Referencias, Formularios Ayudas de Trabajo
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Resultados de la Tarea
Archivar el Reporte y toda documentación o registro utilizado en la tarea, así como también actualizar cualquier listado o base de datos relacionado.
Actividades Futuras
ØContinuar
con
las inspecciones para asegurar su cumplimiento, según se requiera.
ØEmitir las Alertas, Circulares, Cartas de Política, Directivas, etc. que contribuyan a evitar la repetición de las fallas que se presenten.
ØEmitir las Alertas, Circulares, Cartas de Política, Directivas, etc. que contribuyan a evitar la repetición de las fallas que se presenten.
Guías
de Apoyo
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