Objetivo específico: Al finalizar éste modulo el participante identificará los requisitos que deberán cumplir los Técnicos de Mantenimiento con el fin de efectuar la vigilancia de estos.
En éste modulo los contenidos que vamos a conocer son los siguientes:
10.9.1 Antecedentes de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.3 Los componentes de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.4 Pre-requisitos y Requisitos de Coordinación.
10.9.5 Procedimiento de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.1 Antecedentes de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.3 Los componentes de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.4 Pre-requisitos y Requisitos de Coordinación.
10.9.5 Procedimiento de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
10.9.1 Antecedentes de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
¿Cuál es el objetivo de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento?
10.9.1.1 Nivel de responsabilidad de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
- Ejercer vigilancia en el funcionamiento de las empresas de manufactura, a fin de constatar que continúan conservando los recursos que fueron considerados al otorgárseles la Aprobación de Producción correspondiente. Para cumplir con este objetivo se indica los procedimientos que la Autoridad Aeronáutica realiza para la verificación de las empresas de manufactura en función de los resultados de las verificaciones.
10.9.1.1 Nivel de responsabilidad de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
- Comandancia de Regionales y de Aeropuertos.
- Inspectores/Verificadores de Aeronavegabilidad
10.9.1.2. ¿Por qué es importante la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento?
- El objetivo básico de esta vigilancia es fomentar la seguridad de la aviación mediante el cumplimiento de la Norma aplicable de la DGAC.
10.9.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
A continuación conocerás la normativa necesaria dentro de tu desempeño laboral. Da doble click en los botones azules, para conocer la información:
NOM-012-SCT3-2012
Que establece los requerimientos para los instrumentos, equipo, documentos y manuales que han de llevarse a bordo de las aeronaves.
NOM-145/1-SCT3-2001
Que regula los requisitos y especificaciones para el establecimiento y funcionamiento del taller aeronáutico.
Forma DGAA-TA04;
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NOM-008-SCT-2002
Que establece los requisitos técnicos a cumplir por los concesionarios y permisionarios del servicio al público de transporte aéreo, para la obtención del certificado de explotador de servicios aéreos, así como los requisitos técnicos a cumplir por los permisionarios del servicio de transporte aéreo privado comercial, publicada el 14 de mayo de 2003.
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10.9.3 Los componentes de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
Los componentes de tal vigilancia incluyen lo siguiente:
- Observación de los técnicos de mantenimiento que realizan la supervisión.
- Evaluación de los técnicos de mantenimiento que retornan al servicio las aeronaves, así como, los que efectúan liberaciones de mantenimiento.
- Revisión de los registros de mantenimiento para determinar el cumplimiento de las normas.
Los Inspectores/Verificadores de Aeronavegabilidad deben prestar atención a cualquier informe que atente o viole algún término de la Ley de Aviación Civil y su Reglamento, con respecto a los Técnicos de Mantenimiento.
Un Inspector/Verificador de Aeronavegabilidad puede encontrar condiciones o prácticas que pueden dar como resultado el retorno al servicio de un componente no-aeronavegable y/o una violación a las Normas de la DGAC. El Inspector debe mostrar al Técnico involucrado estas condiciones o prácticas y explicar la causa de preocupación y prestar un asesoramiento según corresponda.
Un Inspector/Verificador de Aeronavegabilidad puede encontrar condiciones o prácticas que pueden dar como resultado el retorno al servicio de un componente no-aeronavegable y/o una violación a las Normas de la DGAC. El Inspector debe mostrar al Técnico involucrado estas condiciones o prácticas y explicar la causa de preocupación y prestar un asesoramiento según corresponda.
10.9.4 Pre-requisitos y Requisitos de Coordinación.
a) Pre-requisitos:
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b) Requisitos de Coordinación:
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NOM-008-SCT3-2002
NOM-012-SCT3-2012 NOM-145/1-SCT3-2001 |
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10.9.5 Procedimiento de la Vigilancia del personal técnico de mantenimiento.
Nota: Recuerda que tú como IVA-A debes saber que en:
1.Verificar los alcances de la(s) Licencia(s)
El inspector de Aeronavegabilidad en conjunto con el Inspector con especialidad en Licencias, debe(n) asegurarse que los Técnicos de mantenimiento se encuentren laborando, porten sus respectivas licencias de capacidad emitidas por la DGAC y que estas se encuentren vigentes y con las capacidades en las actividades que desarrollan.
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2.Revisar la licencia del técnico en mantenimiento Haz clic aquí para modificar.
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