Tú como IVA-A es importante que conozcas el procedimiento y la guía que se debe llevar a cabo para la revisión y autorización del Manual de Procedimientos del Taller Aeronáutico (MPTA) presentado por los permisionarios de Talleres aeronáuticos, así como la aprobación de las enmiendas al mismo (MIA Volumen ll, Subcapítulo 1.9)
A continuación conocerás la información necesaria para dicha revisión y autorización.
A continuación conocerás la información necesaria para dicha revisión y autorización.
Objetivo específico: Al terminar este módulo , el participante conocerá los procedimientos para otorgar un permiso de Taller Aeronáutico mediante el uso de la NOM-145/1-SCT3-2001
En éste modulo los contenidos que vamos a conocer son los siguientes:
10.2.1 Antecedentes del Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre el Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.3 Proceso de Otorgamiento de Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.4 Pre-Requisitos y Requisitos de Coordinación.
10.2.5 Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.1 Antecedentes del Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre el Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.3 Proceso de Otorgamiento de Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.4 Pre-Requisitos y Requisitos de Coordinación.
10.2.5 Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
10.2.1 Antecedentes del Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
¿Cuál es el objetivo del Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico?
- Proporcionar al Inspector Verificador Aeronáutico de Aeronavegabilidad (IVA-A) una guía sobre el procedimiento que se debe llevar a cabo para el otorgamiento de un permiso de taller aeronáutico.
10.2.1.1 Nivel de responsabilidad en el MPTA
- Dirección General Adjunta de Aviación.
- Dirección de Aviación.
- Departamento de Talleres Aeronáuticos.
10.2.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre el Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
A continuación conocerás la normativa necesaria dentro de tu desempeño laboral. Las principales que debes conocer son:
Ley de Aviación Civil.
En el botón de abajo da doble click; busca y lee la siguiente información:
Sección segunda de los Permisos Art. 11 |
Reglamento de Aviación Civil.
En el botón de abajo da doble click; busca y lee la siguiente información:
Sección Primera del Mantenimiento de las Aeronaves Art. 135-138 Sección Segunda de los Talleres aeronáuticos Art. 139-146 |
Otras referencias a las que puedes tener acceso y conocimiento para tu desempeño laboral son las siguientes, recuerda dar doble click para tener acceso a la información:
Normas Oficiales Mexicanas:
|
Circulares Obligatorias:
|
|
|
|
Cartas Políticas:
|
Para mayor información da doble click en el botón azul y podrás consultar el MIA VOL II:
Busca el Capítulo 4 Subcapítulo 4.1 Página 1 de 16 |
10.2.3. Proceso de Otorgamiento de Permiso de Taller Aeronáutico.
El objetivo del Proceso general para otorgar un Permiso de Taller Aeronáutico es: un método ordenado, que debe ser utilizado por los IVA-A, para asegurar que se cumpla la regulación y normatividad aeronáutica que afectan:
- La operación de permisionarios de talleres aeronáuticos.
- Las operaciones de concesionarios, permisionarios y operadores aéreos.
- Los programas de mantenimiento o similares.
- Los documentos, métodos y procedimientos presentados a la DGAC.
El proceso consta de CINCO FASES relacionadas entre sí. El proceso puede terminar con la autorización o no-autorización de la propuesta de un solicitante. Es importante para el IVA-A comprender que el proceso descrito en esta sección puede no incluir todos sus detalles, sin embargo se considera como una herramienta a ser utilizada con buen juicio en la realización de las actividades y responsabilidades diarias.
Pasa el cursor sobre las siguientes imagenes para poder visualizar el contenido:
A continuación vamos a describir cada fase:
10.2.3.1 Fase de Pre-Solicitud. (Primera fase)
10.2.3.1 Fase de Pre-Solicitud. (Primera fase)
El procedimiento inicia con la presentación de la pre-solicitud por parte del interesado indicándose la categoría y especialidad que se desea incluir en sus especificaciones de operación, conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001 y anexar la documentación indicada en el artículo 140 del Reglamento a la Ley de Aviación Civil para su análisis; se hará una revisión rápida, sin reparar en detalles, a fin de proseguir en la siguiente fase.
En resumen; la fase de pre-solicitud puede ser iniciada por medio de:
a) El concesionario, permisionario, operador aéreo o persona interesada, se acerque a la DGAC para conocer los requisitos para obtener un Permiso de Taller Aeronáutico.
Es importante que el IVA-A, así como el concesionario, permisionario u operador aéreo o sus representantes, se familiaricen con el tema a tratar. Por ejemplo, se solicita una autorización o aprobación relacionada con un tema en particular, el Inspector deberá:
|
b) La fase de pre-solicitud también puede ser iniciada cuando la DGAC envíe al concesionario, permisionario, operador aéreo o persona interesada, los requisitos relacionados con su actividad que deben ser autorizados o aprobados; es decir, cuando se ha dispuesto a implementar un nuevo procedimiento y el sector desconoce tal obligación.
Durante el proceso de requerimiento, el Inspector de la DGAC deberá actuar como asesor ante la persona mencionada o su responsable, en el caso que aplique. El asesoramiento incluirá lo siguiente:
|
10.2.3.1.1 Referencias cruzadas
Tú como IVA-A es importante que conozcas las REFERENCIAS CRUZADAS (Se encuentran en la Primera fase), que como dice su nombre son: referencias de dos distintas fuentes pero que se complementan.
Da doble click en los dos botones azules para mayor información:
A continuación explicaremos las referencias cruzadas de forma concreta en los siguientes mapas:
10.2.3.2 Fase de Solicitud Formal (Segunda fase)
La fase de Solicitud formal se inicia cuando el solicitante presenta formalmente una propuesta indicándose la categoría y especialidad que se desea incluir en sus especificaciones de operación, conforme a la NOM-145/1-SCT3-2001 y anexar la documentación indicada en el artículo 140 del Reglamento a la Ley de Aviación Civil (RLAC); para el análisis, evaluación y consideración de la DGAC.
El documento original de la solicitud puede ser presentado por correo certificado o en forma personal ante las áreas correspondientes. En caso de urgencia, y a fin de iniciar el análisis de la solicitud, esta puede ser enviada vía correo electrónico o fax, sin embargo a fin de continuar adelante con el proceso de aceptación o aprobación descrito, el original deberá ser enviado a la brevedad por los medios indicados anteriormente.
El documento original de la solicitud puede ser presentado por correo certificado o en forma personal ante las áreas correspondientes. En caso de urgencia, y a fin de iniciar el análisis de la solicitud, esta puede ser enviada vía correo electrónico o fax, sin embargo a fin de continuar adelante con el proceso de aceptación o aprobación descrito, el original deberá ser enviado a la brevedad por los medios indicados anteriormente.
Tu responsabilidad como IVA-A es:
Para poder visualizar la información pasa el cursor sobre las imágenes.
Y también, debes saber qué hacer cuando no es aceptable la presentación de solicitante:
A) Debe ser devuelta a la brevedad posible, con una explicación detallada y escrita sobre las razones de su devolución.
B) En casos complejos será necesario concertar una reunión con el personal idóneo del solicitante para resolver inconvenientes o desviaciones en la solicitud y poner el acuerdo en una solución que sea mutuamente entendible y aceptable.
C) Si todas las partes llegan a un acuerdo, esto es, los Inspectores determinan que la presentación es aceptada, se deberá informar al solicitante de las acciones acordadas y se dará inicio a la fase de evaluación de la documentación.
B) En casos complejos será necesario concertar una reunión con el personal idóneo del solicitante para resolver inconvenientes o desviaciones en la solicitud y poner el acuerdo en una solución que sea mutuamente entendible y aceptable.
C) Si todas las partes llegan a un acuerdo, esto es, los Inspectores determinan que la presentación es aceptada, se deberá informar al solicitante de las acciones acordadas y se dará inicio a la fase de evaluación de la documentación.
10.2.3.3 Fase de Evaluación de la Documentación (Tercera fase)
Es la parte del proceso de otorgamiento del permiso de taller, en la cual los manuales y otros documentos presentados por el solicitante son cuidadosamente revisados para su autorización, aprobación o rechazo, por parte del IVA-A que haya sido asignado.
Tú como IVA-A:
- Revisas la documentación presentada por el solicitante del Permiso y en caso de requerirse, coordinará una reunión interna con los Inspectores involucrados, en caso de que soliciten alguna especialidad, tal es el caso de solicitudes para establecer talleres de Aviónica (Mantenimiento de Instrumentos, Equipo de Navegación, Equipo de Radiocomunicación, entre otros, de acuerdo al avance de la tecnología).
Nota:
- Esta fase se realiza en el Departamento de Talleres Aeronáuticos, dependiente de la Dirección de Aviación.
- Cabe señalar que los documentos a revisar varían de acuerdo con el tipo de Permiso de taller solicitado.
10.2.3.4 Fase de Demostración y Verificación. (Cuarta fase)
En ésta fase tú como IVA-A, (de acuerdo a la revisión de la documentación realizada en la fase anterior), coordinarás con el solicitante lo necesario para que se lleven acabo las verificaciones requeridas, de conformidad con lo establecido en la NOM-145/1-SCT3-2001, mediante la cual el permisionario demuestre su capacidad para cumplir con la legislación, reglamentación, normatividad y demás disposiciones aplicables, así como para llevar a cabo prácticas seguras de mantenimiento, previo al inicio de operaciones.
Estas demostraciones incluyen evaluaciones tanto de:
- Instalaciones para dar mantenimiento,
- Facilidades para el suministro de material,
- Herramienta,
- Instrumentos,
- Equipo,
- Las políticas,
- Métodos,
- Procedimientos e instrucciones, tal como se describen en los manuales; y
- Demás documentos presentados en la solicitud del Permiso de Taller.
El personal IVA-A asignado se hará acompañar y formará parte del equipo de Certificación por otorgamiento de Permiso de Taller de un IVA-A con especialidad en aviónica, cuando el tipo de trabajo que pretende realizar el taller será de mantenimiento y reparación de dichos equipos.
Durante su permanencia en las instalaciones del solicitante:
A) los inspectores observarán y evaluarán las diversas actividades que se desarrollan, de conformidad con la legislación vigente.
- Procedimientos para el control y conservación de registros (documentación de la capacitación y adiestramiento del personal).
- Información técnica disponible, en la que se incluyan todas las marcas y modelos, conforme a los requerimientos del solicitante.
- Equipo, herramienta y material de que dispone el solicitante, debidamente resguardados.
- Equipo de precisión, debidamente calibrados por talleres y distribuidores certificados y autorizados por el fabricante de los mismos para su mantenimiento.
- Instalaciones adecuadas, de acuerdo a la capacidad solicitada, así como equipo y medidas de seguridad instaladas.
- Almacenes que cuenten con instalación del equipo necesario para el control de humedad y temperatura para la conservación de adhesivos, sellantes, empaques que por su naturaleza, se degradan con el tiempo, aún cuando no sean utilizados.
- Cuando se trate de un taller que proporcione mantenimiento a instrumentos, equipo de aviónica, de radiocomunicación y manejo de todo equipo de precisión, deberá tener un área especial resguardado de polvo, con temperatura y humedad controladas.
- Las discrepancias deberán hacerse del conocimiento del solicitante durante la verificación, a fin de que no se sorprendan o supongan que con la visita de verificación bastaría para la obtención del Permiso de Taller.
Una vez efectuada la verificación, el personal inspector verificador asignado deberá rendir su informe por escrito a la Dirección de Aviación, notificando las deficiencias encontradas, así mismo, elaborará el documento mediante el cual se notificará al solicitante sobre las deficiencias encontradas, para que éste tome las acciones correctivas necesarias para su atención. La notificación al solicitante deberá hacerse por escrito y no rebasará diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de efectuada la verificación. Si el resultado de la visita es positivo, se procederá a la Fase 5.
- El tiempo que se dará al solicitante para que atienda las discrepancias encontradas varía de acuerdo al tipo de necesidades a cubrir, sin embargo, en cualquier caso, el tiempo no excederá de sesenta días para su cumplimiento, en caso omiso, se considerará cancelada su solicitud, debiendo iniciar nuevamente los trámites, en caso de requerir un Permiso de Taller.
10.2.3.5 Fase de Certificación u Otorgamiento (Quinta fase)
La Dirección de Aviación procederá a la elaboración del Permiso de Taller Aeronáutico, así como de las Especificaciones de Operación.
El IVA-A asignado otorgará el número para el Permiso de Taller, el cual es una numeración consecutiva y se tiene en el expediente de control de talleres aeronáuticos.
El IVA-A asignado otorgará el número para el Permiso de Taller, el cual es una numeración consecutiva y se tiene en el expediente de control de talleres aeronáuticos.
Archivo de la Certificación u Otorgamiento: El personal asignado de la Dirección de Aviación, deberá conjuntar toda la información obtenida durante el proceso y formará un expediente, el cual se mantendrá en los archivos de dicha Dirección y no deberán destruirse ni enviarse a otra área mientras el Permiso de Taller se encuentre vigente, debiendo de incluir:
- Copia de la forma de pre-solicitud debidamente llenada, con las cartas y anexos para el cumplimiento de la fase de pre-solicitud.
- Copia de la Solicitud Formal con sus anexos, constancias de capacitación del personal del taller, ubicación, herramientas.
- Copia del Permiso de Taller conteniendo Título del Permiso, Especificaciones de Operación y Clausulado del Permiso de Taller, que a grandes rasgos señala los compromisos del permisionario.
- Copia de todos los manuales o antecedentes aprobados. Una copia de la guía de verificación del taller (forma IA 22/92A R2).
- Un resumen de las deficiencias encontradas durante cada fase del proceso de certificación o las recomendaciones para futuras revisiones (Reporte de Certificación).
- Copias¿? de Licencias, Convenios, Contratos, si es aplicable. Toda la documentación presentada a la DGAC.
En esta fase la DGAC autoriza o aprueba la propuesta del solicitante. Si la propuesta no es autorizada o aprobada, el solicitante deberá ser notificado por escrito, indicándole los motivos de la manera mas clara posible, asegurando que éste comprenda cada uno de los aspectos faltantes.
A. Notificación de Autorización o Aprobación. La autorización o aprobación es otorgada mediante un oficio, un sello de aprobación, la emisión del Título de Permiso, Especificaciones de Operación y Clausulado.
|
B. Autorización. La DGAC otorga al solicitante la autorización de su Manual de Procedimientos de Taller, así mismo, la Responsiva de quien será responsable ante la DGAC de las actividades que realice, así también para los requerimientos, notificaciones y aclaraciones que en su caso se tengan. Esta responsiva se otorga conforme a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001.
|
Es importante que tú como IVA-A conozcas que el Permiso de Taller consta de:
Para poder visualizar a mayor escala las imágenes da doble click sobre cada una de ellas.
Para poder visualizar a mayor escala las imágenes da doble click sobre cada una de ellas.
3. Clausulado (Derechos y Obligaciones de Permisionario)
A) Pre-requisitos.
|
B) Requisitos de Coordinación.
|
10.2.5 Procedimiento de Otorgamiento del Permiso de Taller Aeronáutico.
Nota: Recuerda que tú como IVA-A debes saber que en:
Requisitos Técnico Administrativo
|
Otros requisitos:
|
|
|