Objetivo específico: Al finalizar este tema, el participante identificará los fundamentos históricos que dieron origen a la normatividad aeronáutica internacional, así como el objeto, aplicación y estructura del Convenio de Chicago a fin de llevar a cabo sus funciones con base en la regulación internacional de la aviación civil.
RESPONSABILIDAD DEL IVA-A:
Las funciones y responsabilidades de cada uno de los IVA-A varían según su especialidad, tareas especificas asignadas y su área de adscripción. No obstante las funciones y responsabilidades principales son las siguientes:
- Preparar informes detallados sobre inspecciones y actividades de vigilancia
- Promover y vigilar el cumplimiento de la legislación y normatividad nacional en materia de aeronavegabilidad
- Emprender las acciones establecidas en el Manual de Procedimiento Sancionador
- Notificar los defectos a los concesionarios, permisionarios y operadores de aeronaves
En éste modulo los contenidos que vamos a conocer son los siguientes:
2.1.1. Introducción a los organismos Internacionales
2.1.2 Convención de Aviación Civil Internacional
2.1.3 Convenio de Chicago
2.1.4 Anexos OACI
2.1.5 Objetivos OACI
2.1.2 Convención de Aviación Civil Internacional
2.1.3 Convenio de Chicago
2.1.4 Anexos OACI
2.1.5 Objetivos OACI
2.1.1 Introducción a los organismos Internacionales
¿Qué es la ONU?
Las Naciones Unidas son una organización internacional fundada en 1945 tras la Segunda Guerra Mundial por 51 países que se comprometieron a mantener la paz y la seguridad internacionales, fomentar entre las naciones relaciones de amistad y promover el progreso social, la mejora del nivel de vida y los derechos humanos. |
La Figura pública principal de la ONU es actualmente el Secretario General, el Sr. Ban Ki Moon, de Corea del Sur.
La ONU reúne a 193 Estados miembros, prácticamente todos los países soberanos reconocidos internacionalmente.
(Sudán del Sur 14/07/2011) |
Pasa el cursor sobre la imagen para poder visualizar la linea del tiempo que enfatiza la historia de la ONU:
La ONU se encuentra Estructurada por diversos organismos administrativos:
- Asamblea General
- Consejo de Seguridad
- Consejo Económico y Social
- Secretaría General
- Consejo de Administración Fiduciaria
- Corte Internacional de Justicia
1. Mantener la paz y la seguridad internacional:
2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en:
3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas:
4. Servir de centro que armonice:
|
1. De la IGUALDAD SOBERANA de todos sus Miembros.
2. DE BUENA FE en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con esta carta. 3. ARREGLO PACIFICO DE LAS CONTROVERSIAS, sin poner en peligro la paz y la seguridad internacional ni la justicia. 4. Los Miembros se abstendrán de recurrir a la AMENAZA o al USO DE LA FUERZA contra cualquier otro Estado. 5. Prestarán a la ONU ayuda en cualquier acción que ejerza, y se abstendrán ayudar a Estado contra el cual la ONU estuviere ejerciendo acción coercitiva. 6. La organización hará que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacional. 7. NO INTERVENCIÓN de las Naciones Unidas en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglos conforme a la presente Carta. |
Sistema ONU
¿Por qué nace la OACI?
Considerando la relevancia del transporte aéreo, que favorece el progreso social y económico mundial, existía la necesidad de un cuadro regulatorio global que pudiera brindar el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional. *Sin normas internacionales, el transporte aéreo sería un caos. |
2.1.2 Convención de Aviación Civil Internacional
En este tema, es necesario conocer los antecedentes en la siguiente imagen se muestra un mapa cronológico; da doble click sobre la imagen para poder visualizarla a mayor escala:
Los puntos más relevantes de la Convención sobre Aviación Civil Internacional son los siguientes:
4. OPACI-PICAO
El Convenio Provisional de Aviación Civil Internacional, elaborado también en la Conferencia de Chicago, dio lugar a la creación de la Organización Provisional de Aviación Civil Internacional (OPACI), que funcionó hasta el 4 de abril de 1947.
El Convenio Provisional de Aviación Civil Internacional, elaborado también en la Conferencia de Chicago, dio lugar a la creación de la Organización Provisional de Aviación Civil Internacional (OPACI), que funcionó hasta el 4 de abril de 1947.
Principios plasmados en el convenio de Chicago serían los siguientes:
- Soberanía de los Estados sobre el espacio aéreo
- Derecho de sobre-vuelo y escalas no comerciales
- Derecho del Estado para exigir el aterrizaje de aeronave que sobrevuele su territorio
- Derecho del Estado para establecer zonas restringidas
- Las aeronaves no podrán ostentar más de una matrícula
- Trato especial a aeronaves militares, navales y de Estado en servicio
Contenido del Acta Final:
La Sesión Plenaria de Clausura se celebró el 7 de diciembre de 1944. Como resultado de las deliberaciones de la Conferencia, se redactaron los siguientes instrumentos:
- Convenio Provisional de Aviación Civil Internacional.(Apéndice I)
- Convención de Aviación Civil Internacional. (Apéndice II)
- Convenio relativo al tránsito de los servicios aéreos internacionales. (Apéndice III)
- Convenio sobre Transporte Aéreo Internacional. (Apéndice IV)
2.1.3 Convenio de Chicago
A continuación en este tema daremos a conocer como tal, la Estructura del Convenio de Chicago.
Para mayor información da doble click sobre el botón azul de la derecha:
A continuación en este tema daremos a conocer en cómo se constituye la Estructura de la OACI
Los Órganos principales de la OACI son : Asamblea, Consejo y Secretariado
1. Asamblea
Características:
Es un Órgano soberano de la OACI:
Elegir a los miembros del Consejo de acuerdo a tres categorías:
Es un Órgano soberano de la OACI:
- Se reúne cada 3 años
- Las decisiones se toman por mayoría(50%+1)
- Cada uno de los 191 miembros dispone de un voto
- Se vota el presupuesto trienal.
Elegir a los miembros del Consejo de acuerdo a tres categorías:
- Estados de mayor importancia en el transporte aéreo.
- Estados que hacen la mayor contribución a la provisión de instalaciones para la navegación aérea.
- Estados cuya designación asegurará que las mayores regiones del mundo estén representadas.
2. Consejo
Características:
Órgano de gobierno de la OACI:
Órgano de gobierno de la OACI:
- 36 Estados asociados elegidos por la asamblea en periodos de 3 años.
- Su principal tarea es la adopción de medidas internacionales y métodos recomendados.
- La Comisión de Aeronavegabilidad (asuntos técnicos)
- El Comité de Transporte aéreo (asuntos económicos)
- El Comité de ayuda y Servicios a la Navegación Aérea.
- El Comité financiero.
3. Secretariado
Características:
La Secretaría cuenta con cinco divisiones:
|
El actual Secretario General de la OACI es el francés Raymond Benjamin
|
La OACI trabaja muy de cerca en cooperación con otros organismos del sistema de Naciones Unidos, pasa el cursor enfrente de la imagen para saber cuáles son:
Existen también organizaciones no gubernamentales que participan en el trabajo de la OACI. Algunas de estas organizaciones son:
Para formar parte de alguna de estas organizaciones es necesario ser una entidad privada y contar con su membresia. |
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A continuación explicaremos cada una de estas tres organizaciones. Para ampliar las imágenes, da click con el cursor sobre ellas.
1. Consejo Internacional de Aeropuertos (ACI)
2. Federación Internacional de Asociaciones de Pilotos de Línea Aérea (IFALPA)
3. Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA)
Otros Instrumentos Internacionales que se han empleado son:
¿Porque surgieron? Surgieron ante la necesidad de emitir normas jurídicas internacionales, que permitieran a los Estados actuar en defensa de los pasajeros, tripulaciones y aeronaves, se implementaron diversas medidas y se creó un marco jurídico derivado de reuniones entres los Estados amenazados.
A continuación daremos a conocer los convenios que han formado parte de la historia de la aviación para salvaguardar la seguridad aérea y terrestre.
A) Convenio de Tokio de 1963
Adoptado: 14 de septiembre de 1963
Entrada en vigor: 4 de diciembre de 1969
‟Convenio sobre Infracción y Ciertos Actos Cometidos a Bordo de las Aeronaves” de 14 de septiembre 1963.
Adoptado: 14 de septiembre de 1963
Entrada en vigor: 4 de diciembre de 1969
‟Convenio sobre Infracción y Ciertos Actos Cometidos a Bordo de las Aeronaves” de 14 de septiembre 1963.
- Atribuye al Estado de matrícula de la aeronave la competencia para conocer de las infracciones y actos cometidos a bordo.
- Faculta al capitán del avión a solicitar ayuda de los tripulantes y de los pasajeros para someter a un pasajero disruptivo.
- Cooperar con el capitán del avión a conducir la investigación preliminar.
- Permite el desembarco de pasajeros.
- Toma en custodia al presunto criminal.
- Permite la extradición del presunto criminal
B) Convenio de la Haya 1970
Adoptado: 16 de diciembre de 1970
Entrada en vigor: 14 de octubre de 1971
“Convenio de la Haya para la represión del apoderamiento Ilícito de Aeronvaes”.
Tipifica el delito de apoderamiento como:
"Comete un delito toda persona que, a bordo de una aeronave en vuelo:
1. Ilícitamente, mediante violencia, amenaza de violencia o cualquier otra forma de
intimidación se apodere de tal aeronave, ejerza el control de la misma, o intente
cometer cualquiera de tales actos;
2. Sea cómplice de la persona que cometa o intente cometer cualquiera de tales actos”.
Adoptado: 16 de diciembre de 1970
Entrada en vigor: 14 de octubre de 1971
“Convenio de la Haya para la represión del apoderamiento Ilícito de Aeronvaes”.
Tipifica el delito de apoderamiento como:
"Comete un delito toda persona que, a bordo de una aeronave en vuelo:
1. Ilícitamente, mediante violencia, amenaza de violencia o cualquier otra forma de
intimidación se apodere de tal aeronave, ejerza el control de la misma, o intente
cometer cualquiera de tales actos;
2. Sea cómplice de la persona que cometa o intente cometer cualquiera de tales actos”.
- El castigo a los secuestradores deberá ser la pena máxima permisible.
- El país donde aterrice la aeronave , o el de la matricula del avión , establecerán jurisdicción judicial sobre la ofensa cometida.
- Se obliga a la extradición del agresor al país de origen.
C) Convenio de MONTREAL de 1971
Adoptado: 23 de septiembre de 1971
Entrada en vigor: 26 de enero de 1976
“Para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil”.
Para mayor información sobre éste convenio da doble click en el botón azul:
Adoptado: 23 de septiembre de 1971
Entrada en vigor: 26 de enero de 1976
“Para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil”.
- Se añade a la definición de aeronave en vuelo el de aeronave en servicio.
- Daños o destrucción de la aeronave.
- La obligación de extraditar a los agresores.
- Establecer acción judicial sobre los agresores.
- Castiga la información falsa.
- El colocar algún objeto con el fin de dañar la aeronave.
Para mayor información sobre éste convenio da doble click en el botón azul:
D) Convenio de MONTREAL de 1991
Adoptado: 1° de marzo de 1991
Entrada en vigor: 21 de junio de 1998
Características:
Adoptado: 1° de marzo de 1991
Entrada en vigor: 21 de junio de 1998
Características:
- Sobre la marcación de los explosivos plásticos inyectando agentes para facilitar su detección.
- Controlar la fabricación y movimiento de los explosivos sin marcar.
- Utilizar la tecnología actual , para lograr su detección
2.1.4. Anexos OACI
El Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional y órganos subordinados trabajan permanentemente por exigencias
de la dinámica propia de la actividad que regulan, siendo su principal tarea, el estudio de procedimientos y la redacción de normas y métodos recomendados para la aviación civil, que se consignan en los 18 Anexos al Convenio sobre Aviación Civil
Internacional.
de la dinámica propia de la actividad que regulan, siendo su principal tarea, el estudio de procedimientos y la redacción de normas y métodos recomendados para la aviación civil, que se consignan en los 18 Anexos al Convenio sobre Aviación Civil
Internacional.
Documentos de la OACI (SARP)
La OACI tiene una función legislativa que consiste en la creación de normas y métodos recomendados internacionales adoptados por el Consejo de la OACI en virtud de los Artículos 37, 54 y 90 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
Conjuntamente con las normas y métodos recomendados, que por conveniencia se han designado como Anexos al Convenio, están los preámbulos explicativos, las notas y, en algunos casos, textos de orientación adicionales aprobados por el Consejo para su inclusión en cada uno de los Anexos y destinados a ayudar en la aplicación de las normas y métodos recomendados.
La OACI tiene una función legislativa que consiste en la creación de normas y métodos recomendados internacionales adoptados por el Consejo de la OACI en virtud de los Artículos 37, 54 y 90 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
Conjuntamente con las normas y métodos recomendados, que por conveniencia se han designado como Anexos al Convenio, están los preámbulos explicativos, las notas y, en algunos casos, textos de orientación adicionales aprobados por el Consejo para su inclusión en cada uno de los Anexos y destinados a ayudar en la aplicación de las normas y métodos recomendados.
Normas y métodos recomendados.
A continuación daremos el significado de lo que es Norma y Método recomendado:
Para poder visualizar la imagen a mayor escala, da doble clic sobre la imagen:
A continuación daremos el significado de lo que es Norma y Método recomendado:
- Norma: Toda especificación de características físicas, configuración, materia, performance, personal o procedimiento, cuya aplicación uniforme se considera necesaria para la seguridad o regularidad de la navegación aérea internacional y a la que, de acuerdo con el Convenio, se ajustarán los Estados contratantes.
- Método recomendado: Toda especificación de características físicas, configuración, material, performance, personal o procedimiento, cuya aplicación uniforme se considera conveniente por razones de seguridad, regularidad o eficiencia de la navegación aérea internacional, y a la cual, de acuerdo con el Convenio, trataran de ajustarse los Estados contratantes.
Para poder visualizar la imagen a mayor escala, da doble clic sobre la imagen:
Las libertades del aire
Generalmente se clasifican estas libertades según un orden numérico que expresa el grado creciente de liberalización.
El Convenio de Chicago de 1944, establece que el transporte aéreo internacional se rige por el principio de soberanía de los Estados, que se traduce en barreras jurídicas impuestas al tráfico. La liberalización, al suprimir estas barreras, consiste en establecer cierto número de "libertades", definidas por la doctrina y, en cierta medida, por acuerdos internacionales.
- Generalmente se clasifican estas libertades según un orden numérico que expresa el grado creciente de liberalización.
Las Libertades comerciales se conocen en el Derecho Internacional con acuerdos bilaterales y, en el interior de la Unión Europea, mediante reglamentaciones comunitarias que se examinan más adelante.
I. Libertades técnicas establecidas por el Acuerdo de Transite de los Servicios Aéreos Internacionales (Chicago; 1944)
PRIMERA LIBERTAD:
I. Libertades técnicas establecidas por el Acuerdo de Transite de los Servicios Aéreos Internacionales (Chicago; 1944)
PRIMERA LIBERTAD:
- Derecho a sobrevolar sin escalas el territorio de los Estados signatarios (Sobrevuelo sin aterrizaje)
SEGUNDA LIBERTAD:
- Derecho a aterrizar en el territorio de los Estados signatarios por razones no comerciales (Escala técnica)
II. Libertades comerciales previstas por un acuerdo posterior sobre el transporte aéreo internacional que nunca ha entrado en vigor:
TERCERA LIBERTAD:
TERCERA LIBERTAD:
- Derecho a desembarcar pasajeros, correo y carga en el territorio del Estado en que NO esté matriculada la aeronave.
CUARTA LIBERTAD
- Derecho a embarcar pasajeros, correo y carga destinados al territorio del Estado en que esté matriculada la aeronave.
QUINTA LIBERTAD:
- Derecho a embarcar pasajeros, correo y carga destinados al territorio de cualquier otro Estado contratante y derecho a desembarcar pasajeros, correo y carga provenientes del territorio de cualquier otro Estado contratante.
III. Nuevas libertades definidas por la doctrina:
SEXTA LIBERTAD:
SEXTA LIBERTAD:
- Derecho a efectuar transportes entre dos Estados distintos de aquél en que esté matriculada la aeronave, sobrevolando el territorio de este país.
SÉPTIMA LIBERTAD:
- Derecho a operar completamente fuera del Estado de matriculación y a embarcar y desembarcar pasajeros, correo o carga provenientes de o con destino a un Estado tercero, que no es el de matriculación.
OCTAVA LIBERTAD:
- Derecho a transportar pasajeros, correo o carga de un punto a otro del mismo Estado, distinto a aquél en que esté matriculada la aeronave; esta octava libertad, que habitualmente se denomina de "cabotaje" constituye fundamentalmente el objetivo que debe alcanzarse para realizar el mercado interior del transporte aéreo, como pretende hacerlo la Unión Europea.
NOVENA LIBERTAD:
Derecho de transportar tráfico de cabotaje del Estado otorgante en un servicio que se lleva a cabo enteramente dentro de su territorio (conocida también como derecho de cabotaje "autónomo")
Derecho de transportar tráfico de cabotaje del Estado otorgante en un servicio que se lleva a cabo enteramente dentro de su territorio (conocida también como derecho de cabotaje "autónomo")
2.1.5 Objetivos OACI
La aviación en la actualidad:
- Es parte de nuestra sociedad global
- Es una industria que genera comercio y turismo.
- Es un gran productor de empleos.
- Provee grandes beneficios sociales.
- Mantiene una parte importante de la economía mundial.
- Conecta personas, países y culturas.
- Transporta ayuda humanitaria y asistencia médica.
OACI en la actualidad:
Es el órgano consultivo de las Naciones Unidas en materia de Aviación Civil Internacional. De hecho, es necesario ser miembro de la ONU para poder pertenecer a la OACI.
Su gran fortaleza, se encuentra en el interés de los propios estados miembros en cumplir y hacer cumplir las recomendaciones de este organismo. Los fines y objetivos básicos de la OACI son desarrollar los principios y las técnicas de la navegación aérea internacional y fomentar el establecimiento y desenvolvimiento del transporte aéreo internacional.
Es el órgano consultivo de las Naciones Unidas en materia de Aviación Civil Internacional. De hecho, es necesario ser miembro de la ONU para poder pertenecer a la OACI.
Su gran fortaleza, se encuentra en el interés de los propios estados miembros en cumplir y hacer cumplir las recomendaciones de este organismo. Los fines y objetivos básicos de la OACI son desarrollar los principios y las técnicas de la navegación aérea internacional y fomentar el establecimiento y desenvolvimiento del transporte aéreo internacional.
- La organización de aviación civil internacional desarrolla una actividad segura y sustentable alrededor del mundo.
- El liderazgo de la OACI, ha jugado un papel esencial en el logro de este objetivo.
- Establece los estándares y reglamentos necesarios para mantener una aviación segura, eficiente, confiable y regular, sin descuidar la protección al medio ambiente.
- Es el foro donde los 191 países miembros, se unen en un esfuerzo efectivo y eficiente de cooperación mutua.
Presencia global de OACI:
Objetivos estratégicos de la OACI
Basado en los retos que la aviación enfrenta, la OACI se propuso tres objetivos estratégicos para 2011-2012-2013:
A. Seguridad operacional (Safety)
B. Seguridad de la aviación (Security)
C. Protección del medio ambiente y desarrollo sostenible del transporte aéreo
A continuación explicaremos cada uno de éstos objetivos estrategicos
A. Seguridad operacional (Safety)
B. Seguridad de la aviación (Security)
C. Protección del medio ambiente y desarrollo sostenible del transporte aéreo
A continuación explicaremos cada uno de éstos objetivos estrategicos
Primer objetivo estratégico: Seguridad Operacional (Safety )
Hay varios conceptos que hay que tomar en cuenta cuando nos
referimos a Seguridad:
En 1997, OACI establece su programa Universal Safety Oversight Audit Programme (USOAP), con el fin de asesorar a sus miembros en como mantener una auditoria e inspección constante.
Hay varios conceptos que hay que tomar en cuenta cuando nos
referimos a Seguridad:
- Enfocado a prevención.
- Que los esfuerzos sean globales (de todos los países miembros)
- Confidencialidad y transparencia.
- Intercambio de información y Data.
- Diseminación de la información.
- Búsqueda de recursos ( económicos y técnicos ).
- Evolucionar y adaptarse al ritmo del crecimiento.
- Evitar, a toda costa, la perdida de vidas humanas y materiales.
En 1997, OACI establece su programa Universal Safety Oversight Audit Programme (USOAP), con el fin de asesorar a sus miembros en como mantener una auditoria e inspección constante.
Segundo objetivo estratégico: Seguridad de la Aviación (Security)
- La tarea principal de la OACI ,en este rubro, será la de revisar todas
- El Aviation Security Panel (ASP), emitirá recomendaciones a todos los países miembros a fin de dar soluciones para , en su caso, modificar los procedimientos y tecnología actuales.
- La tarea principal de la OACI ,en este rubro, será la de revisar toda las medidas y estrategias actuales y definir claramente si hay que realizar cambios relevantes.
Tercer objetivo estratégico: Protección del medio ambiente y desarrollo sostenible del transporte aéreo
- La aviación representa solo el 2% del total de emisiones de CO2 producto de la actividad humana.
- En Octubre de 2009, se llevo a cabo una reunión de alto nivel con los estados miembros de OACI donde se llegó a diversos acuerdos.
Resumen:
Indicaciones: Pasa el cursor sobre la imagen de la ONU y la OACi, para poder conocer el contenido:
Indicaciones: Pasa el cursor sobre la imagen de la ONU y la OACi, para poder conocer el contenido:
Y retomando los antecedentes más imprescindibles en nuestros días :