Objetivo específico: Al finalizar este modulo,el participante identificará los procedimientos para que los concesionarios, permisionarios u operadores aéreos nacionales, eliminen la chatarra, utilizando para ello la CA AV 07/07.
En éste modulo los contenidos que vamos a conocer son los siguientes:
10.13.1 Antecedentes del Manejo de la eliminación de chatarra.
10.13.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre el Manejo de la eliminación de chatarra.
10.13.3 Pre-requisitos y Requisitos de Coordinación.
10.13.4 Procedimiento del Manejo de la eliminación de chatarra.
10.13.1 Antecedentes del Manejo de la eliminación de chatarra.
10.13.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre el Manejo de la eliminación de chatarra.
10.13.3 Pre-requisitos y Requisitos de Coordinación.
10.13.4 Procedimiento del Manejo de la eliminación de chatarra.
10.13.1 Antecedentes del Manejo de la eliminación de chatarra.
¿Cuál es el objetivo de la Revisión del Manejo de la eliminación de chatarra?
10.13.1.1 Nivel de responsabilidad de la Inspección de las Instalaciones de Mantenimiento.
- La verificación de los registros de mantenimiento que requieren las NOM-006-SCT3-2001, NOM-008-SCT3-2002, CO AV-43.2/07, NOM-145/1-SCT3-2001 y NOM-145/2-SCT3-2001.
10.13.1.1 Nivel de responsabilidad de la Inspección de las Instalaciones de Mantenimiento.
- Comandancias Regionales y Comandancias de Aeropuerto de la Red Nacional.
- Inspectores/Verificadores de Aeronavegabilidad.
10.13.1.2 ¿Quiénes son los que deben de cumplir con lo establecido; en referente al manejo de la eliminación de chatarra?
- Los Concesionarios y operadores aeronáuticos deben cumplir con lo establecido y necesario para poder darle un buen manejo a la chatarra aeronáutica, ya que existen riesgos de querer ser reutilizados, y poner en riesgo la seguridad de las aeronaves, por lo que es necesario estipular correctamente el manejo que se le debe dar a este tipo de materiales, para que esto no suceda, se debe asegurar la mutilación de dichas partes o equipos.
- Después de ser mutiladas las partes, se podrá ser enviadas a fundidoras o instalaciones especiales para su destrucción total y así evitar su mal uso. Además es de consideración que el material del cual están compuestas estas partes, son de gran valor comercial por su composición química, por lo que su tratamiento es especial, por no ser tan fácil de mutilar, o destruir, pero es responsabilidad de estos operadores, darles un buen manejo a estos, para evitar cualquier accidente.
10.13.2 Referencias necesarias de conocimiento para el IVA-A sobre el Manejo de la eliminación de chatarra.
Reglamento de la Ley de Aviación Civil:
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CA AV 07/07
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En el botón de abajo da doble click; busca y lee la siguiente información:
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10.13.3 Pre-requisitos y Requisitos de Coordinación.
a) Pre-requisitos:
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b) Requisitos de Coordinación:
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10.13.4 Procedimiento del Manejo de la eliminación de chatarra.
La eliminación deberá llevarse a cabo de manera que las piezas ya no puedan servir para el uso original previsto ni modificarse o cambiarse de aspecto para darles una apariencia de buen estado de funcionamiento.
Haz clic aquí para modificar.
- Piezas con defectos que no puedan repararse, que sean visibles a simple vista.
- Piezas que no corresponden a las especificaciones establecidas para el diseño aprobado y que no pueden satisfacer las especificaciones aplicables.
- Piezas y materiales que no pueden ser admisibles para certificación en virtud de un sistema aprobado a pesar de un nuevo procesamiento o modificación.
- Piezas que han sido objeto de modificaciones inaceptables o alteraciones irreversibles.
- Piezas de vida útil limitada que hayan alcanzado dicho limite o lo hayan sobrepasado o cuyos registros falten o sean incompletos.
- Piezas que no puedan recuperar su estado de aeronavegabilidad debido a que han sido sometidas a fuerzas (cargas de impacto) o calor (sobrecalentamiento).
- Elementos estructurales importantes desmontados de una aeronave de ciclo elevado para los que no pueda lograrse la conformidad (certificado o forma de aeronavegabilidad emitido por un taller debidamente autorizado) cumpliendo con los requisitos obligatorios aplicables a aeronaves viejas.
- La chatarra deberá separarse siempre de las piezas en buen estado de servicio; y cuando se eliminen, deberán mutilarse o llevar marcas claras y permanentes.
10.13.4.2 Métodos de mutilación.
La mutilación puede ser cumplida aplicando uno o alguna combinación de los siguientes:
- Triturar.
- Quemar.
- Remoción de un componente integral mayor.
- Distorsión permanente.
- Perforando un agujero grande.
- Derretir.
- Cortar en piezas pequeñas.
Cuando las piezas que se hayan rechazado se utilicen para aplicaciones legítimas ajenas a los vuelos, tales como ayudas para la instrucción, investigación y desarrollo o para aplicaciones no aeronáuticas, no corresponde someterlas a mutilaciones en tales casos, las piezas deben llevar marcas permanentes que indiquen que ya no están en buen estado de funcionamiento; también debe retirarse la placa que lleva el numero de la pieza original o los datos correspondientes o mantenerse un registro de la eliminación de piezas.
En resumen:
- La chatarra deberá separarse siempre de las piezas en buen estado de servicio
- Cuando se eliminen, deberán mutilarse o llevar marcas claras y permanentes.
- La eliminación deberá llevarse a cabo de manera que las piezas ya no puedan servir.
- Cuando las piezas se utilicen para aplicaciones legítimas ajenas a los vuelos, deben llevar marcas permanentes que indiquen que ya no están en funcionamiento.